CONVOCATORIA ASAMBLEA GENERAL DE SOCIOS 2023

CONVOCATORIA

Don Antonio Irañeta Tomás, Presidente de la Cooperativa Eléctrica Benéfica Catralense, C.V. de esta población pone en conocimiento de todos los socios de la misma que, por acuerdo del Consejo Rector de esta Cooperativa Eléctrica, en su sesión del día 05 de mayo de los corrientes, se convoca

ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE SOCIOS

Que tendrá lugar en la S.U.M LA CONSTANCIA, Oscar Esplá, 7 el próximo día 04 de junio de 2023 a las 11:30 horas en primera, y a las 12:00 en segunda convocatoria, de acuerdo con el siguiente

ORDEN DEL DIA:

  1. Lectura del acta de la sesión anterior.
  2. Lectura y aprobación, en su caso, de las Cuentas Anuales y del Informe de Gestión de 2022, así como de la Memoria de Actividades del Consejo Rector.
  3. Propuesta y aprobación, en su caso, de la aplicación de resultados del ejercicio 2022, así como la propuesta del Consejo Rector para la disposición del presupuesto con cargo al FONDO DE EDUCACION Y PROMOCION COOPERATIVA.
  4. Información sobre las sociedades participadas y facultar, si procede, al Presidente para que, en nombre de COOPERATIVA ELÉCTRICA BENÉFICA CATRALENSE, COOP. V. proceda a la aprobación de las respectivas cuentas anuales del ejercicio 2022.
  5. Aprobación del acta o, en su caso, nombramiento de tres socios como interventores para su aprobación posterior.
  6. Ruegos y preguntas
Catral, 05 de mayo de 2023

EL PRESIDENTE

Antonio Irañeta Tomás

NOTA: Conforme a lo dispuesto en los Estatutos y en la Ley de Cooperativas de la Comunidad Valenciana, se encuentra a su disposición en el domicilio social, donde podrá ser consultado, de 09.00 a 13.00 horas, los días laborables (de lunes a viernes), desde la publicación de la convocatoria de la Asamblea General hasta la celebración de la misma, la documentación correspondiente al Orden del Día, pudiendo recibir copia gratuita de los documentos relativos los puntos 2º del orden del día. La asistencia a la Asamblea, conforme resulta de los estatutos vigentes y de la demás legislación aplicable, estará limitada a los socios que acudirán personalmente o debidamente representados. Para la votación, cada socio podrá representar como máximo a otros dos socios.